APROBADO EL CALENDARIO LABORAL DEL PDI PARA EL AÑO 2026
.
En la pasada Mesa Sectorial de Negociación del PDI de la Universidad de Granada se aprobó el Calendario Laboral para el Personal Docente e Investigador aplicable al año 2026.
.
Es el tercer Calendario Laboral para el profesorado que se aprueba en la UGR, el primero se acordó para el año 2024. A pesar de los agoreros la implantación de este calendario a lo largo de estos años ha transcurrido con una plena normalidad.
.
No es habitual en la Universidad española la existencia de un Calendario Laboral para el PDI, por eso la Universidad de Granada se ha convertido, en cierta medida, en una adelantada con la aprobación de tres Calendarios Laborales (2024, 2025 y 2026) para el profesorado. No deja de ser sorprendente este hecho ya que los profesores e investigadores universitarios son trabajadores con todas sus consecuencias y sería difícil comprender que cualquier empresa ignorará la existencia de un Calendario Laboral para sus trabajadores.
.
El Calendario Laboral ha sido una larga reivindicación de UGT UGR que lo ha planteado en todos los foros, y durante varios años, incluida su denuncia en la Inspección de Trabajo. Ha existido una gran incomprensión durante los mandatos de sucesivos Rectoras/es hasta que la disposición del Rector actual y su materialización por la capacidad ejecutiva de su Vicerrector de Ordenación Académica, han permitido el acuerdo con las Organizaciones Sindicales en la Mesa de Negociación.
.
Este Calendario ha sido posible por el largo empeño de UGT UGR, que desde el año 2017 lo ha planteado a los sucesivos Equipos de Gobierno de la UGR, e incluso lo ha denunciado ante la Inspección de Trabajo, cuando su negociación era imposible.
.
El Calendario Laboral contiene derechos fundamentales para los trabajadores, como los referidos a los horarios, la definición de la jornada de trabajo, las vacaciones, los permisos, los asuntos particulares, la movilidad funcional y geográfica, así como los criterios generales sobre la planificación estratégica de los recursos humanos, en aquellos aspectos que afecten a condiciones de trabajo de los empleados públicos. Tal y como establecen nuestras leyes.
.
En la Universidad de Granada se negocia anualmente, desde siempre, el Calendario Laboral del Personal Técnico de Gestión, de Administración y Servicios (PTGAS). El hecho de que se negociara de forma habitual, desde siempre, el Calendario Laboral del Personal de Administración y Servicios y no se negociara el del Personal Docente e Investigador era en sí mismo una anomalía.
.
La exigencia de negociación del Calendario Laboral del PDI se sustenta en lo establecido en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público que en el punto m del artículo 37.1, recoge entre las materias de negociación:
.
“Las referidas a calendario laboral, horarios, jornadas, vacaciones, permisos, movilidad funcional y geográfica, así como los criterios generales sobre la planificación estratégica de los recursos humanos, en aquellos aspectos que afecten a condiciones de trabajo de los empleados públicos. “
.
Según se establece en el art. 34.6 del Estatuto de los Trabajadores y el art. 37.1 m del Estatuto Básico del Empleado Público, se dispone que «anualmente se elaborará por la empresa el Calendario Laboral, debiendo exponerse un ejemplar del mismo en un lugar visible de cada centro de trabajo».
.
UGT UGR realizará un gran esfuerzo de difusión entre toda la plantilla de trabajadores universitarios, igual que ha hecho todos los años con el Calendario Laboral del PTGAS.
.
