RECONOCIDO EL DERECHO DE LOS PROFESORES CON CONTRATOS TEMPORALES A SER EVALUADOS EN SU ACTIVIDAD DOCENTE (QUINQUENIOS) E INVESTIGADORA (SEXENIOS)
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Sentencia Favorable a los Trabajadores del Tribunal Supremo al Recurso de Casación Interpuesto por las Universidades Andaluzas
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Finalmente, se ha resuelto favorablemente para los trabajadores el Recurso de Casación interpuesto ante el Tribunal Supremo por las Universidades Públicas Andaluzas y la Junta de Andalucía, contra la sentencia favorable del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que reconocía el derecho a los quinquenios y a los sexenios del PDI temporal.
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A partir de ahora, los profesores con contratos temporales: Ayudantes Doctores, Asociados y Sustitutos Interinos, tendrán derecho a ser evaluados, como el PDI con contrato permanente y a percibir, en su caso, la remuneración correspondiente, en su actividad docente (quinquenios) e investigadora (sexenios).
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La sentencia es la número 510/2024 y se ha emitido el día 20 de marzo de 2024. UGT participó como parte interesada en el recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 10 de noviembre de 2021, en la que se reconocían los citados derechos a ser evaluados del PDI temporal, sentencia que fue recurrida ante el Tribunal Supremo por las Universidades y la Junta de Andalucía.
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